martes, 17 de junio de 2008

Articulo "Daños por empujes horizaontales"

DAÑOS CAUSADOS POR LA ACCION DEL VIENTO

Las construcciones sometidas a la acción de vientos fuertes pueden sufrir daños totales o parciales. Si bien los códigos fijan procedimientos de cálculo adecuados para protegerlos, siempre existen daños producidos por errores de proyectos o fallas constructivas.
Existe la costumbre de utilizar coeficientes aerodinámicos que figuran en los reglamentos para estructuras que son parecidas a las del proyecto, pero no iguales, lo cual puede traer errores importantes.
El Reglamento CIRSOC 102 (02) presenta además del procedimiento analítico, el procedimiento del túnel de viento para aquellas estructuras no contempladas en el mismo.

- Efectos del viento

Se puede establecer una lista de los efectos más comunes del viento sobre las construcciones:
  • Deformabilidad excesiva
  • Pérdida de estabilidad
  • Fatiga
  • Rotura de elementos estructurales
  • Rotura de elementos no estructurales
  • Voladura de techos
  • Vibraciones que afectan el confort de los ocupantes
  • Efecto sobre peatones

- Causas que producen estos efectos

  • Condiciones climáticas
  • velocidad del viento
  • dirección del viento
  • variación estacional
  • efectos dinámicos por presiones fluctuantes
  • Errores de proyecto
    -coeficientes aerodinámicos mal elegidos
    -errada estimación de la presión interna
  • Choque de objetos
  • Errores Constructivos

- Análisis de daños en edificios altos (High Rise Buildings)


Bajo esta denominación se ubican aquellos edificios que por su esbeltez requieren
un análisis de la acción del viento. Es difícil establecer un límite preciso y es función del proyectista.
Podemos establecer como valor aproximado, que se consideran altos cuando:

h/a > 5 (h: altura del edificio; a: menor dimensión de la base)


El Reglamento CIRSOC 102 (2002) fija como límite entre edificios de baja altura y edificios
altos h = 20 m

AI considerar !as acciones horizontales se deben tener en cuenta en el diseño de la estructura diversos elementos resistentes que absorban esos esfuerzos (contraventamientos, tabiques, núcleos, etc. ). Casi todos los reglamentos ,incluso el CIRSOC, hacen una valoración "quasi-estática" ,es decir que todas las fluctuaciones de las cargas de viento, son debidas a las ráfagas producidas en la capa límite. No se considera la contribución de la turbulencia generada por el propio edificio.
La estructura responde ante la acción del viento medio (coeficientes de carga media), en cuyo caso se puede considerar una acción estática.

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